El pasado octubre, se hizo público el Proyecto de Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, el cual ya se ha enviado a la Comisión Europea. Pero ¿Qué cambios supone en nuestra actividad y cómo adaptarnos a ella?
¿Cómo podemos adaptarnos al nuevo Real Decreto sin modificar la actividad de tu empresa?
Antes de comenzar, hay que indicar que, este nuevo decreto, afecta tanto a nivel de consumo individual, como a la actividad industrial, pero, nosotros, vamos a centrarnos en los cambios y oportunidades a nivel industrial.
Nuevo Proyecto del Real Decreto de Envases y residuos de envases, se centra en que el poseedor de los envases se encargue de la gestión de los mismos, asumiendo toda la responsabilidad de su gestión.
Gestión que, se seguirá realizando, por medio de los acuerdos entre poseedores de los envases y los gestores de los mismos.
Antes de que acabe este año, la previsión es que se apruebe el nuevo Real Decreto, lo que supone la entrada en vigor de un año después de aprobarse, con un plazo de comienzo de las obligaciones, para los nuevos Sistema de RAP (Responsabilidad Ampliada del Productor) será a los 18 meses y antes del año 2025.
Envases Industriales ¿Cómo funciona la normativa que llega para quedarse?
La nueva Ley indica que, tanto el poseedor final de los envases, como los envasadores y los comerciantes, están obligados a presentar la correspondiente Declaración de Envases a los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP), la nueva figura que entra en juego en el sistema y que comenzará a tener mucho protagonismo.
Los SCRAP serán organismos, sin ánimo de lucro, que estarán formados por los envasadores, facilitando a las empresas el cumplimiento de sus obligaciones de RAP, a través de ellos, con la colaboración económica y sostenible en el funcionamiento del sistema y el cumplimiento de la nueva normativa.
Hasta ahora, en el ámbito industrial el poseedor final del envase es quien se responsabiliza de la gestión del envase. A diferencia del envase doméstico, el envase industrial cumple con la jerarquía de residuos implantada, centrándose en la reutilización y reciclaje, por lo que la nueva norma no va a cambiar esta forma de gestionar los envases industriales.
¿Cuáles son las obligaciones del nuevo Real Decreto?
Es esencial conocer las nuestras obligaciones y opciones, ante la nueva situación, para despejar dudas e incertidumbres que, esta nueva Ley, comienza a generar entre las empresas del sector.
Obligaciones de envasadores con el nuevo Real Decreto:
- Inscripción en el registro de envasadores, en el plazo de 3 meses desde la fecha de entrada en vigor del RD, art.15
- Obligaciones de información de envases puestos en el mercado (DAE, declaración anual de envases), art. 16
- Cumplimiento objetivos art.6 (Prevención), art. 8 (Reutilización) y art.10 (Reciclado).
- Certificado de pertenencia a Sistema RAP.
- EL SCRAP estará formado sólo por envasadores y los envasadores velaran porque se cumplen la RAP y la correcta gestión de los envases.
Obligaciones de SCRAP con el nuevo Real Decreto:
- Entidades sin ánimo de lucro.
- Sujeto a autorización.
- Cumplimiento jerarquía de residuos, según Ley 7/2022, primero se prima la reutilización, después el reciclado
- Cumplimiento de los objetivos de reciclado.
- Gestores adheridos, modelos de operación y funcionamiento.
Los SCRAP podrán desarrollar acuerdos con los poseedores finales de los envases industriales, permitiendo que sean éstos los que asuman, en nombre de los productores, la responsabilidad de la organización y gestión de los residuos, siempre que se establezcan los mecanismos necesarios de información y financiación, en ambas partes.
Opciones del envasador en la venta de sus envases industriales
- Los envasadores, a nivel industrial, podrán seguir vendiendo sus productos que, luego, el poseedor final podrá encargarse de gestionarlo, directamente con un gestor autorizado. Los envasadores pueden llegar a acuerdos con los poseedores finales para que éstos los asuman la responsabilidad de la gestión de los residuos y del cumplimiento de los objetivos según jerarquía de residuos.
- Envase adscrito a SCRAP, El SCRAP organizará puntos de recogida, esta opción es, principalmente, para los envases que no son reutilizables.
¿Por qué elegir un gestor de envases como ECOBIDON?
Sin duda, y no porque lo digamos nosotros, la mejor opción es que se mantenga el flujo actual de envases. Es decir, entre los poseedores finales de los residuos de envases y los gestores, como hemos estado haciendo hasta el momento.
Así, conservamos un sistema que ya funcionaba, sin necesidad de hacer grandes cambios en nuestra actividad cotidiana, además de salvar la alternativa de recuperación de envases para su reutilización y ofreciendo opciones más económicas para las empresas.
En Ecobidon, además, estamos muy comprometidos con el medio ambiente, ofreciendo certificaciones de la Norma ISO 9001:2015 de calidad e ISO 14001:2015 de medio ambiente, seguros de responsabilidad civil medioambiental, sistemas de ahorro de agua, depuradoras / sistemas de evaporación de los residuos generados in situ y sometidos a controles / inspecciones de los diferentes estamentos (residuos, atmósfera, agua…).
También conocemos los porcentajes de los envases que se reutilizan y reciclan, catalogado por tipo de envase y cliente, dónde se retira y, como servicio esencial, lo certificamos anualmente a todos nuestros clientes, para conocer los datos finales y valorar el compromiso con la sostenibilidad de nuestro sector, sobre todo, de las empresas que trabajan con nosotros.
Como ves, el nuevo Proyecto del Real Decreto de Envases y residuos de envases, no tiene por qué suponer una amenaza ni grandes cambios en nuestra actividad, sólo basta con conocer la normativa y confiar en un buen gestor de envases, con el fin de facilitar tu día a día y obligaciones con la nueva Ley.
¿Te quedan preguntas por resolver? Contacta con nosotros para más información, despejaremos tus dudas encantados.